Cuando se hacen las cosas mal hechas, con prisas además, y encima cuando se tiene la posibilidad de mejorar la motivación del cese del Coronel, al resolver su recurso de alzada presentado, y no se hace, no puede haber otro resultado que el que se ha dado por sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo.
De siempre se ha sabido que la Administración debe motivar sus resoluciones para despejar toda duda de arbitrariedad o desviación de poder, y no se requiere de mucho para poder cesar en puestos de libre designación, si existen verdaderos y justificados motivos, que de haberlos, si así hubiera sido, los asesores jurídicos debieron expresar hechos suficientes, y suficientemente probados, para a resultas de los mismos, hacer el correspondiente razonamiento jurídico en el que justificar la resolución de cese del Coronel.
Si el Coronel actuó o no actuó de desleal forma cuando según se dijo en su momento, fue más allá de su función de jefe de la Comandancia de Madrid, e intervino influyendo o no, en contra del Gobierno, por autorizar la Delegación del Gobierno de Madrid, manifestaciones, en momentos previos a la pandemia, como no puede ser de otra forma, a no ser que tuviera conocimiento claro e inequívoco, por informes de profesionales en epidemias, que ello por salud pública, debía de prohibirse, esto es, prohibir un derecho fundamental, como si se prohibió después en el Estado de Alarma, que ni en ese caso podrían prohibirse derechos, como el de la libre circulación, y otros, según el Tribunal Constitucional; pues lo que habría de probar, en base a hechos, no en base a palabrería, era precisamente eso, y de ahí deducir la falta de confianza, pues además se estaría en ese caso, quebrantando la neutralidad política al tomar parte contra el Gobierno, cuando no era él a quién la Autoridad Judicial le había encargado la investigación, sino a los específicos agentes destinados en la Unidad Orgánica de la Policía Judicial, que para hacer su trabajo deben gozar de cierto margen de libertad y autonomías de sus jefes, cuando en ese caso quien dirige la investigación es el juez, y él les comisiona.
Sin perjuicio de conocer del desarrollo de la investigación en lo posible, por las novedades diarias que se transmiten a través de la cadena de mando, el Coronel debía mantenerse al margen de tan delicada investigación, sin perjuicio de elevar lo conocido, sin entrar en detalles, que además debían ser desconocidos para él mismo.
Tampoco hubiera podido influir en sentido contrario, para que se archivaran las diligencias, u obstaculizar la obtención de pruebas.
Era evidente que el Gobierno estaba sufriendo un desgaste por ese asunto, en manos de quienes no esperaban a unas conclusiones fruto de las pruebas obtenidas tras la investigación. Conclusiones que en cualquier caso le correspondía a la Autoridad Judicial mediante Auto, una vez conclusa la fase indagatoria y de aporte de pruebas en su instrucción.
La independencia e imparcialidad, y el secreto de las actuaciones, precisamente para no entorpecer la investigación, o evitar la destrucción de pruebas, una vez quebrantado el secreto, si así hubiera sido, debía haber dado lugar a otra investigación, dando testimonio la juez en pieza separada de la vulneración del secreto. E igualmente la Fiscalía podía y en su caso debía haber promovido la justicia en defensa de la legalidad, en ese caso, infringida.
Marlaska es hombre firme, de los que tiran para adelante con todo, para conseguir el objetivo, eso es lo que le hizo famoso como juez central de la Audiencia Nacional, y por su contundencia contra los terroristas, que con una mínima prueba, podría ser suficiente para instruir y elevar a los juzgadores, el sumario, de tal manera que pudieran lograr el convencimiento de hechos y por ello condenar tras un juicio justo.
Esa contundencia, entendida también como eficacia, para que se pusiera remedio al asunto, y se acabara con el circo mediático, o con el derecho a la información según otros, en fase secreta de instrucción judicial, fue la que le llevó a zanjar el asunto entrando con todo contra el Coronel de los Cobos, y haciendo que la Directora General iniciara las actuaciones, que debió cuando menos, abrir un expediente administrativo o información reservada, para lograr acreditar hechos, de los que deducir como se ha dicho antes, una actuación que se apartara del sagrado juramento de no quebrantar la neutralidad política, si así hubiera sido, e hipotéticamente se dice.
Las prisas y las formas “farrucas”, han dado al traste con aquello que el Ministro se propuso.
Pero a más a más, resulta que no sólo no encaja el golpe, y se disculpa ante el Coronel, que por estar sometido al estatuto jurídico militar, u ordenamiento jurídico militar, se ve en la obligación de callar, aunque pueda defenderse ante un agravio, no es cuestión de polemizar con el Ministro, cuando tal vez, de ser político y no guardia civil, podría tener capacidad para salir al paso de las críticas del Ministro, y ponerlo en evidencia.
Y si eso fuera poco, lanza nuevas acusaciones, y de alguna manera sigue desprestigiándolo, como si fuera un delincuente ya condenado por algo. Y es que aún en ese caso, “el animus injuriandi”de por sí ya es delito, fuera o no cierto lo que sobre una persona se dice, y ello le fuera recriminable, no se puede denostar a una persona, cuando el fin es ese, injuriarle. Cuando además no puede defenderse en condiciones de igualdad.
EL MINISTRO Y EL CASO CONOCIDO COMO “CUARTELES”
Esa es otra, y en eso si que se puede corroborar su versión, de que ha sido él, quien en última instancia ha dado el empujón necesario para judicializar el asunto y formar acusación la Fiscalía.
Que el caso se dormía en los despachos, y ya llevaba Asuntos Internos diciendo, hace muchos años, que investigaban incluso a Generales, y se conoció el caso de una Oficial que fue fuente de información del asunto, y por eso decía haber entrado en desgracia.
Así que en base a lo conocido, salvo que lo conocido no fuera lo pertinente al caso, hay que reconocerle en ese caso, que ha sido él quien ha promovido en última instancia, que el caso llegara de una vez a los juzgados, que con lo que había instruido valía para tirar adelante.
Quede por ahora como se dice, con “una de cal y otra de arena” para el Ministro, y que por favor, no acuda a esas formas, desde luego no tolerables, para acusar pública y verbalmente al Coronel de los Cobos, y si en algo tiene que actuar sobre él, lo haga con respeto a su dignidad e integridad, haciendo uso de los procedimientos legales, y cuando reunidas sean las pruebas que evidencien los hechos, y se haga una calificación jurídica, ya hablaremos.
Y llegado ese caso, si hubiera de llegar, hable como debe hablar un Ministro, y venga a la mente lo que le pasó a Casado por lanzarse contra Ayuso, de su mismo partido, con formas al margen de los procedimientos judiciales, especulando, lo que puso en contra por ello, a todos los dirigentes de su partido.
Menos circo mediático, que ya cansa, de un lado y de otro, y más trabajar como hacen los guardias civiles cuando indagan y recaban pruebas, para que los jueces instruyan sus diligencias o sumarios, que luego elevarán a los juzgadores.