Por donde quiera que vamos los ciudadanos nos encontramos o nos tropezamos con la poderosa Administración, compuesta en España por 513.721 funcionarios dependientes del Estado, el 19% del total, 1.611.697 al servicio de las Comunidades Autónomas, esto es el 59% y 592.152 funcionarios al servicio de los municipios, el 22% del total.
Si sumamos son 2.717.570 los funcionarios al servicio de las distintas Administraciones, y por el volumen nos damos perfecta cuenta que el 60% de los funcionarios de todas las Administraciones trabajan para las Comunidades Autónomas, lo que nos da una idea de qué Administración es la más relevante a la hora de gestionar los recursos económicos con sus funcionarios, salvo que pensemos que las Comunidades Autónomas están sobredimensionadas para el presupuesto que gestionan, según su número de funcionarios.
Tal maquinaria además de prestarnos servicios a los ciudadanos, es el instrumento de limitación de los derechos de los propios ciudadanos, de sus libertades, y del ejercicio de la potestad sancionadora.
Allí donde vayamos nos encontramos todo un sistema represivo, que sin quererlo en la mayoría de casos, nos expide constantemente sanciones.
Límites y prohibiciones de todo tipo, que se dicen necesarias para garantizar el orden y la paz social, y que nos convierten, hasta a los más buenos, en pagadores de sanciones, no privativas de libertad, pero sí de tipo oneroso que nos merman en nuestro salario, igual que los impuestos.
Eso claro, si tienen donde embargar en caso de no pagar, pues para aquellos que no dispongan de retribución o medio económico alguno, no se les podrá embargar, quedando al margen de ese aparato sancionador.
Multas de aparcamiento, o de exceso de velocidad por unos pocos kilómetros, una sanción por no solicitar determinado permiso, o por no haber hecho correctamente la declaración de hacienda, o por infringir cualquier norma de ese inconmensurable ordenamiento jurídico, te son notificadas, aun sin querer infringir, y aún tomando todas las medidas de precaución para evitarlas.
Y para defenderte de ese inconmensurable poder, que supuestamente trata de facilitarnos la vida, te ves en la necesidad de formular alegaciones y recursos administrativos, que pocas veces sirven para algo, porque la maquinaria de la Administración, cada vez más automatizada, expide documentos, más fruto de la inteligencia artificial que de la humana.
Te persuaden de la necesidad de aceptar y pagar, cualquier sanción, con el aliciente de reducción del 50% de la multa, seas o no seas un verdadero infractor, con lo que mejor paga y calla, aunque tengas la razón, y ya no es que puedas valerte por ti mismo para alegar o defenderte, y por ello no te veas en la necesidad de contratar un abogado, es que la Administración con exteriorizar un razonamiento en base a unos hechos, le basta para imponer una sanción, y si no lo hace, lo hará cuando se vea en esa necesidad, si vas a recurrir ante un Tribunal.
Si no te han hecho caso, y no atienden a tus justificaciones, cuando creído estés de llevar la razón, y con abogado y procurador acudes a un juzgado o Tribunal, y te gastas el dinero, no esperes mucho tampoco de la justicia que en la mayoría de casos es pro Administración, pues se entiende que ésta, defiende el interés general sobre el interés del administrado, o sea, el ciudadano vulgar y corriente.
En definitiva, esto es como el juego de azar, que siempre gana el casino, pues aquí igual, está todo organizado para que gane siempre el poderoso sobre el ciudadano. Entendido el poderoso como la Administración.
En la jurisdicción social es a la inversa, el ciudadano convertido en trabajador, para cuando tiene que defenderse ante su patrón, empresario y empleador, –cuando ese patrón o jefe no es la Administración–, se dictará con más frecuencia, sentencia favorable al trabajador sobre el empresario, porque se deduce está en una posición de fuerza sobre el débil trabajador.
Entonces cuando el trabajador es funcionario y su patrón es Doña Administración, que él, sus iguales y jefes, la conforman, y se rigen por el prolijo entramado de leyes, reglamentos, órdenes, circulares y todo tipo de disposiciones administrativas, porqué no es la jurisdicción contenciosa administrativa “tuitiva” en defensa del trabajador funcionario, más al contrario lo es, pro Administración, y nos dicen que es porque administran los bienes y recurso económicos públicos, que son de todos y no de un propietario o empresario particular.
O sea si el dinero en juego es de una entidad o propietario particular, el trabajador si debe gozar de una mejor posición jurídica, frente a su todo poderoso empresario, pero cuando el propietario lo es del erario, el dinero es de todos por haberlo recaudado la Administración, entonces la cosa cambia, porque no nos jugamos el dinero de un particular, sino el de la sociedad en su conjunto.
Bueno, justo no me parece, porque la justicia debe ser igual para todos, incluida la entidad jurídica colectiva que representa cada Administración.
Pero cuando estamos hablando de derechos fundamentales, y de interpretación de las normas en la forma más restrictiva posible, en favor del ciudadano, o dicho de otro modo, interpretando las normas prohibitivas, en cuanto odiosas, de la forma más restrictiva posible a favor de los derechos del ciudadano, porqué sigue habiendo una administración como la militar, e incluso la general, donde se da prioridad siempre a la autoridad sancionadora, en su interpretación o aplicación, que se presume adecuada, proporcionada, idónea, y necesaria siempre, hasta el punto que lo que diga o pruebe el funcionario o ciudadano, queda al margen de interpretación, pues se presume que la adecuada al interés general, es la que hace la Administración sancionadora.
¿No es esto una desigualdad?, de las partes procesales, de la que se vale la Administración para obtener las sentencias favorables de jueces y tribunales.
No sé, si me explico suficientemente bien para el lector, pero en síntesis, que si la Administración ha sancionado es porque debía de hacerlo, y lo hace correctamente en beneficio del interés general, y tú si te enfrentas a ella, calla, sométete y paga.
Y ya más para entenderlo, acepta lo que tú consideras injusto jurídicamente hablando, –no como apreciación subjetiva–, que a nadie le gusta que le sancionen aunque lo merezca, sino porque realmente no sea justa la sanción. ¿No es esto una forma de tiranía? ¿No es una forma de sumisión?
Y lo que es peor, si te pones a malas con la Administración, si exiges lo que consideras justo, si eres opositor, o caes mal, si te significas por algo, o simplemente quieres hacer valer tu dignidad, como con ello te pongas en el punto de mira, de una opción política gobernante, de un gobernante, o incluso de alguien del entramado administrativo, que pueda someterte a procedimiento con su actuación, válgame Dios, que te pille confesado que ya tienes la cruz hecha.
El aparato sancionador, por no llamarlo represivo, de infracciones, se entiende, dice no tener medios ni personal suficiente para poder observarlo y sancionarlo todo, incluso puede alegar falta de idoneidad para no hacerlo, así que si llamas su atención, todos esos medios te apuntarán a ti, es muy posible.
Consuélate te dirán, que seguro has cometido muchas más infracciones, que no han alcanzado a observar, ni a tramitar procedimiento, así que danos las gracias que sales ganando. Se te quedará cara de bobo, y los demás, preguntarás, que lo han hecho igual o peor que yo, –hombre– no puedes alegar desigualdad cuando ello es consecuencia de la no sanción de una infracción en otros, que tú has cometido, y ellos también, pero no han sido sancionados.
Si, así lo dicen los tribunales, que aun probando hechos iguales no sancionados a terceros, ello no es causa que te exima de responsabilidad.
En todos los Regímenes, aunque en un Estado de Derechos sea más difícil, ante la imposibilidad de llevarlo todo correcto, de ir con todo tú empeño o deseo de no cometer infracción, administrativa o penal, siempre habrá algo que recriminarte, que reprocharte y que sancionar.
Y aquí la diferencia está, en si aun teniendo medios de defensa, –porque si eres un pobre hombre, ya te puedes despedir–, y te gastas el dinero, –con lo que ya con ese gasto, te ponen en jaque–, si a resultas de todos los procedimientos, sean más o menos los que terminen en sanción o condena, puedas sobrevivir, cabe todavía la posibilidad que aún saliendo airoso en su conjunto, solo con el sometimiento a procedimientos administrativos, –más si son penales–, no levantarás cabeza, y el daño, –no punitivo del Estado–, también estará hecho.
A la hora de pedir indemnización, en el caso que se resuelva a tu favor, tras largo y costoso proceso, si te la dan, la indemnización, no esperes más que para pagar gastos.
No es tan grave la cosa, cuando afortunadamente, hay grandes empresas, y no tan grandes en este país, que ejercen su actividad, y no solo sobreviven pagando todo, e intentado ser escrupulosas en el cumplimiento de las normas, sino que además obtienen beneficios con su actividad, pues para eso tienen asesores y gestores, más abogados, que en la mayoría de casos, abierto un expediente, acceden a pagar una sanción, consensuada o pactada, para no verse más dañados, ante el riesgo de resultar peor, porque la Administración, como hemos dicho, goza de prerrogativas.
No es de extrañar que a lo largo de la historia, todos los movimientos revolucionarios, que lo eran contra la forma de gestión del Estado, de la carga impositiva, de las limitaciones y beneficios económicos en favor de unos u otros, estuvieran participados decisivamente por la llamada burguesía o empresarios.
Pues las revoluciones obreras, eran de otro tipo, cuando lo eran de los trabajadores contra las condiciones empresariales, teniendo que intervenir el Estado a favor de éstos, para mantener la supervivencia del sistema, cuando éste fuera amenazado.
Así los equilibrios entre la oferta y la demanda, no resultaban malos para el empresario, si se exigía a todas las empresas por igual, que subieran los salarios, si con ello, aumentado el poder adquisitivo del trabajador, pudiendo conseguir más dinero, que sólo el necesario para comer, alojarse y vestirse, podían comprar más productos que ellos mismos producían. Aumentado la demanda, y los beneficios de los empresarios.
Por tanto bueno es para todos, que suban los sueldos, si se compra con ello a las empresas del país, o siendo general esas subidas en todo el mundo, venden también los españoles en el exterior, de mayor manera.
Y volviendo a lo que nos interesa, que motiva el título de este artículo. Cuando los derechos fundamentales de los ciudadanos están en juego frente a la Administración, no cabe otra forma de interpretación de las normas, más que de forma restrictiva en beneficio del ciudadano, o dicho de otro modo del administrado, y cuando ello no sea así, no cabe presunción alguna sobre que la Administración tiene la razón porque actúa en base al interés general, y no particular.
El mismo tratamiento debe darse a las partes procesales, en base a la igualdad de armas procesales, y de igualdad ante la ley, impidiendo cualquier forma arbitraria o discriminatoria por parte de la Administración, y más aun la desviación de poder, y si los tribunales no hacen observación de ello, ante cualquier indicio que lo vislumbre, sin exigir la prueba plena, mal andaremos, que eso no es forma sino de además de generar injusticia, contra el progreso social, también genera violencia moral, y desconfianza en las Instituciones, y en la Administración en general.