¿Quién o quiénes engañan sobre publicidad en revistas relacionadas con guardia civil?

No es la primera vez que se informa públicamente que la Guardia Civil no pide dinero, pues si lo pidiera, lo haría institucionalmente y por alguna causa digna de hacerlo, no para ella, de lo que a día de la fecha solo se tiene conocimiento, se hace entre profesionales, mediante la compra de calendarios para fundaciones altruistas de ayuda a personas o niños con enfermedades extrañas o necesitados de protección, pero no pide a terceras u otras personas.

Cuando se lanza éste mensaje, a veces por la Oficina de Relaciones Institucionales y Sociales (ORIS) de la Dirección General de la Guardia Civil, o incluso por representantes de alguna asociación profesional de la Guardia Civil,  molestos por lo que algunos ciudadanos dicen que les pasa con quienes les quieren cobrar un anuncio en una revista; entendemos que se quiere trasladar a la ciudadanía ese mensaje para que sepan distinguir entre lo que podría ser un delito de estafa, si se intenta envuelto de engaño suficiente, y lo que son reclamos de anuncios en revistas relacionadas con miembros u organizaciones de la Guardia Civil, o de la propia revista institucional a la que algunos guardias civiles están adscritos, pagándolas.

Para el caso que alguna persona, empresa o sociedad tenga indicios racionales para pensar, que alguien pudiera estar intentando engañarles, lo necesario sería comprobar por cualquier medio los datos o información que les estén proporcionando, para tener constancia primero de la existencia de la empresa de publicidad que gestiona los anuncios, segundo que efectivamente esa revista existe registrada y se publica con anuncios, lo que se puede pedir al propio interlocutor, tercero comprobar que la dirección o razón social de la empresa de publicidad existe, y que efectivamente en el interior de sus dependencias se realiza una actividad comercial o mercantil.

También se puede comprobar el teléfono, en cuanto esté relacionado con la empresa publicitaria, y por último, si con todo lo comprobado o no podido comprobar, se sigue teniendo dudas, lo propio es acudir o llamar a una Comisaría de Policía o cuartel de la Guardia Civil, donde seguramente el mismo Guardia Civil de la Puerta que recibe a las personas o atiende al teléfono, hará las gestiones de comprobación.

En el caso que el Guardia Civil o Policía que le atiende, sin comprobación alguna le diga, – “no haga caso, eso es una estafa”-, es evidente que no estará haciendo bien su trabajo, a no ser que tenga ese conocimiento previo comprobado, e incluso podría estar incurriendo en una infracción disciplinaria por causar un perjuicio, por negligencia como mínimo, a una empresa que opera lícitamente en el tráfico mercantil.

Entonces, si es tan fácil hacer las comprobaciones sobre la licitud de las empresas que se encargan de contratar anuncios publicitarios, en revistas que llevan implícito el nombre de Guardia Civil, como factor secundario identificativo, porque todavía hay quien no tiene la seguridad absoluta de lo que le están vendiendo, o si alguna vez contrató un anuncio se queja posteriormente de prácticas abusivas, o de coacción o engaño.

Pues vamos a dar algunas explicaciones, que a buen seguro pueden ayudar a los investigadores, caso de producirse.

Fundamentalmente debe saber que un guardia civil nunca se pondrá en un teléfono, ni personalmente acudirá a intentar contratar con usted un anuncio en una revista de guardias civiles, ni a pedirle una donación a cambio de un anuncio en una revista, para el caso que así usted lo quisiera. No sería lo común desde luego, aunque un guardia civil si podría, sin ánimo de lucro, recibir donaciones, no para él, sino para proporcionarlas a la entidad benéfica de la que forme parte, u otra organización social no lucrativa.

El agente comercial que se dirija a usted lo hará en nombre de la empresa de publicidad que contrata anuncios para una determinada revista, en nuestro caso ESPÍRITU BENEMÉRITO DE LA ASOCIACIÓN INDEPENDIENTE DE LA GUARDIA CIVIL (ASIGC), registrada en el Ministerio de Interior hace ya más de 20 años.

Sepa también que, cuando usted ya ha contratado, por primera vez, un anuncio en nuestra revista, y que en cumplimiento de lo pactado por escrito, usted recibe la revista con el espacio publicitario insertado, o con el espacio que de acuerdo a su contribución tiene las dimensiones pactadas, o puede incluso que no queriendo se conozca su aportación, ni su identidad, se publica el número de anunciante, referenciado en el contrato, con el espacio adecuado sin más referencia, usted a posteriori; puede ser objeto de engaño, no de la empresa contratante, sino de otras personas o incluso empresas, que en algún momento intentarán hacerse pasar por la empresa contratante, la nuestra, para renovar contrato, le dirán, o incluso para cobrarle el contrato que ya ha pagado o va a pagar a la empresa con la que contrató, es por ello que se hace necesario un mínimo conocimiento de la empresa o identidad del agente con el que pactó, para que no puedan hacerse pasar por ella o él. Lo que en el argot profesional se llama fidelizar al cliente, por parte del agente comercial.

Y, ¿por qué pasa esto?, pues precisamente porque la revista con su anuncio se divulga, y puede llegar a otras empresas publicitarias del mismo gremio que, sí actúan lícitamente no se harán pasar por nuestra empresa, sino por otra que igualmente quiere contratar con usted, pudiendo hacerlo o no, sería cuestión de oferta y demanda, de relación calidad precio, o de querer ayudar o no a otra organización o asociación de la Guardia Civil o de la Policía, según su pretensión o capacidad económica.

Pero, ¿Qué pasaría en el caso anterior, si la persona o supuesta empresa no actúa lícitamente?, pues como se ha dicho antes que intenten pasarse por nuestra empresa y le pidan renovar contrato, sin que lo esté haciendo con nosotros, o incluso, si el pago del anuncio es diferido a la publicación, que intente cobrarlo en nombre de nuestra empresa, y a lo peor dificultando el conocimiento del titular de la cuenta, para en el caso de ser investigados se pierda la pista del dinero al cambiarse en cuentas opacas por bitcoin (dinero digital).

También podría ser que la persona o empresa competidora con la nuestra, y con prácticas no lícitas, si no consigue contratar con usted intente desprestigiarnos, pues si no es para ellos, intentarán quitarse competencia.

A lo peor, la empresa no lícita, puede intentar pasar al cobro más anuncios de los que usted contrate, o no haya autorizado a ser publicados, o puede que sin su autorización le cargue para otra revista de policía, y que si usted se da cuenta, utilicen prácticas coactivas, que serían delictivas.

Esto es a lo peor, y hoy en día, casos como los descritos son ya residuales, porque la labor investigadora y las detenciones practicadas por los Cuerpos de Policía, entre ellos la Guardia Civil, por acción de la justicia o fiscalía, han dejado en el tráfico mercantil, tan sólo, a los legales, entre los que humildemente nos consideramos en esta empresa, estando plenamente a su disposición, agradeciendo su colaboración.

Redacción ASIGC